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La violencia de género en el Proyecto del Código de las Familias

La violencia intrafamiliar es la que se produce en el seno de la familia y hace referencia a cualquier forma de abuso o maltrato que se da entre sus miembros, implicando un desequilibrio de poder que se ejerce desde el más fuerte hacia el más débil. Así queda definido en el proyecto del Código de las Familias, donde la violencia de género es uno de los modos en que se expresa esta violencia familiar

byYuliesky Amador Echevarria
09/03/2022
in Cuba Legisla, Portada
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La violencia familiar o intrafamiliar es la que se produce en el seno de la familia (ya sea dentro o fuera del hogar) y hace referencia a cualquier forma de abuso o maltrato que se da entre los miembros de esta, e implica un desequilibrio de poder que se ejerce desde el más fuerte hacia el más débil. Así queda definido en el proyecto del Código de las Familias, donde la violencia de género es uno de los modos en que se expresa esta violencia familiar.

Sobre la Violencia de género, también conocida como violencia sexista, machista, o masculina, se ha escrito y hablado bastante en los últimos años. Sin embargo, escribir y hablar al respecto no es sinónimo de que hayamos ganado “más” en conciencia sobre un tema que desde 1982 se declaró como un obstáculo para la paz. ¿Necesidad o capricho?, son dos términos que aunque pueden referenciar un mismo interés se contraponen cuando hablamos del tema de la violencia, considerada la violación de los derechos humanos más extendida y sistemática a nivel mundial.

Dentro del sistema de las Naciones Unidas, diversos órganos, oficinas y organismos ejecutan programas específicos sobre la violencia contra la mujer o incluyen en sus mandatos y objetivos generales la realización de esfuerzos encaminados a hacer frente a dicha violencia. La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer expresa que esta “constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a la dominación de la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre e impedido el adelanto pleno de la mujer”.

Las encuestas arrojan que 7 de cada 10 mujeres sufren algún tipo de violencia durante su vida y que la mayoría de las mujeres que mueren en el mundo por causas violentas fallecen en el espacio privado a manos de su pareja, ex pareja o un familiar.

En este sentido, el Proyecto del Código de las Familias deja claro que es un tipo de violencia muy particular, que tiene como base la cultura patriarcal que se asienta en la desigualdad de poder entre el hombre y la mujer. Como parte de ese dominio masculino se ejerce la violencia como un mecanismo de control. El Texto a debate establece que se sustenta en estereotipos sexistas, los cuales generan prejuicios, que derivan en expresiones de discriminación por razón del sexo, el género, la orientación sexual o la identidad de género.

Puede ser física, psicológica, sexual, moral, simbólica, económica o patrimonial, e impacta negativamente en el disfrute de los derechos, las libertades y en el bienestar integral de las personas. Se presenta en ámbitos familiares, laborales, escolares, políticos, culturales y en cualquier otro de la sociedad. Su expresión más generalizada, frecuente y significativa es la que

ocurre contra las mujeres.

Sobre el tema, añadir, para una mejor comprensión del mismo, que estas formas y manifestaciones de la violencia contra la mujer pueden variar según los distintos contextos sociales, económicos, culturales y políticos. Puede ocurrir que la importancia de algunas formas de violencia crezca mientras la de otras disminuye, a medida que las sociedades pasan por cambios demográficos, reestructuración económica y movimientos sociales y culturales. Por ejemplo, las nuevas tecnologías pueden generar nuevas formas de violencia, como el acecho por la Internet o por teléfono móvil. El Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer, dado a conocer en el 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas establece que ninguna lista de formas de violencia contra la mujer puede ser exhaustiva. Los Estados deben reconocer el carácter cambiante de la violencia contra la mujer y reaccionar ante las nuevas formas a medida que se las va reconociendo.

¿Qué nos queda entonces (desde y por Cuba) para seguir luchando contra la Violencia de Género? Reconocer que no basta con perfeccionar nuestras Leyes y preparar a los Fiscales, Jueces y Abogados por ser ellos quienes las interpretan y aplican. También se hace una necesidad impostergable la capacitación y sensibilización de la sociedad en temas tan urgentes y puntuales como este que requieren del análisis, comprensión, intervención y actuación de todos y todas. Más que un “capricho”, la No Violencia de Género constituye una necesidad.

Tags: Código de las familiascódigo de las familias cubaViolencia de géneroViolencia intrafamniliar Cuba
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Yuliesky Amador Echevarria

Yuliesky Amador Echevarria

Profesor de la Universidad de Artemisa. Miembro del Proyecto Justicia en Clave de Género, UNJC.

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